Modificaciones al Reglamento Nacional de Tránsito: D.S. N.° 002-2026-MTC
Nuevos descuentos en el pago de multas, régimen sancionador para motocicletas en estado de emergencia, y restricciones de tránsito en zonas de emergencia por orden interno
El 15 de enero de 2026 el MTC publicó el D.S. N.° 002-2026-MTC, con vigencia desde el 20 de enero. La norma introduce dos cambios al Reglamento Nacional de Tránsito: modifica el procedimiento de pago voluntario de multas —ajustando los porcentajes de descuento— e incorpora un nuevo artículo sobre tránsito en zonas declaradas en estado de emergencia por orden interno, con énfasis en el uso de motocicletas con dos ocupantes.
1. Nuevo procedimiento de pago voluntario de multas (art. 336 RNT)
La modificación más relevante para conductores en general es el ajuste del artículo 336 del Reglamento Nacional de Tránsito, que regula el procedimiento sancionador cuando el infractor decide reconocer voluntariamente la infracción y pagar la multa.
Descuento único del 83% si el pago se realizaba dentro de los primeros cinco días hábiles desde la notificación de la papeleta. Del sexto día hábil en adelante: descuento del 67%. Sin pago intermedio diferenciado.
Descuento 1: 17% del importe de la multa si se paga dentro de los cinco días hábiles desde la notificación.
Descuento 2: 33% del importe si se paga desde el sexto día hábil hasta el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción.
El pago con descuento implica el reconocimiento de la infracción y de la sanción impuesta. Los puntos en el récord de conductor se generan conforme al D.S. N.° 025-2021-MTC (Reglamento del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos), con independencia del descuento aplicado.
Modificación de la infracción M41
Junto con el artículo 336, la norma también modifica la infracción codificada como M41 del Anexo I del Reglamento (Cuadro de Tipificación de Infracciones), que regula la conducción de motocicletas con más de un ocupante en zonas de emergencia. Se adecúa la tipificación a las nuevas restricciones de tránsito introducidas por el artículo 140-B.
2. Nuevo artículo 140-B: tránsito en zonas de estado de emergencia
El segundo cambio es la incorporación del artículo 140-B al Reglamento Nacional de Tránsito, que regula el tránsito en lugares declarados en estado de emergencia por orden interno.
Este artículo tiene un alcance habilitante: no prohíbe por sí mismo ninguna conducta, sino que otorga base legal expresa para que el decreto que declare el estado de emergencia pueda incluir restricciones al tránsito. Sin esta norma, las restricciones al tránsito en emergencias carecían de respaldo reglamentario explícito en el RNT.
Foco en motocicletas con dos ocupantes
El contexto inmediato de esta modificación es el estado de emergencia por orden interno vigente en Lima Metropolitana y el Callao (D.S. N.° 027-2026-PCM). En ese marco, la norma que declara la emergencia puede establecer la prohibición de circular en motocicleta con dos personas, práctica frecuentemente asociada a robos, extorsiones y otros delitos.
| Infracción | Código | Multa base | Multa por reincidencia | Puntos |
|---|---|---|---|---|
| Circular en moto con pasajero en zona de emergencia donde esté prohibido | M41 | Variable según UIT vigente | Hasta S/ 1,320 | 50 pts. (1.ª vez) / 60 pts. (reincidencia) |
3. Implicancias prácticas para conductores
- Si recibes una papeleta: el nuevo esquema de descuentos te da dos ventanas diferenciadas. Evalúa con atención si conviene pagar en los primeros cinco días (17% de descuento) o esperar a la segunda ventana (33%), teniendo en cuenta que en la segunda ya existe una resolución en curso.
- Si conduces motocicleta: verifica si en tu zona rige un estado de emergencia que prohíba circular con pasajero. La infracción M41 puede significar una multa alta y acumulación de puntos en tu récord.
- Para abogados y administrados: el artículo 140-B otorga base legal a restricciones al tránsito que antes carecían de sustento reglamentario específico. Esto refuerza la validez de las papeletas impuestas en contextos de emergencia por orden interno, aunque la restricción concreta debe estar establecida expresamente en el decreto de emergencia.
Preguntas frecuentes
Normas de referencia
- D.S. N.° 002-2026-MTC (norma modificatoria) — publicado el 15/01/2026, vigente desde el 20/01/2026
- D.S. N.° 033-2001-MTC — Reglamento Nacional de Tránsito (texto modificado)
- D.S. N.° 016-2009-MTC — TUO del Reglamento Nacional de Tránsito (Código de Tránsito)
- D.S. N.° 025-2021-MTC — Reglamento del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos
- D.S. N.° 027-2026-PCM — Estado de emergencia en Lima Metropolitana y Callao

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